Diputados de Santa Fe acordó dictaminar el 8 de abril la futura ley orgánica de municipios

Tras el plenario de tres comisiones de la Cámara de Diputados, cobró fuerza la posibilidad de que el cuerpo introduzca modificaciones al texto votado en el Senado de la futura Ley Orgánica de Municipios que llegaría al recinto el 9 de abril.

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«Hay errores de redacción que habría que subsanar» marcó Dionisio Scarpin, presidente de la Comisión de Gobiernos Locales, una de las tres que estuvo en el recinto de Diputados. En tanto, desde la interbancada justicialista aspiran a que haya algunas otras modificaciones. Marcos Corach dejó una serie de sugerencias, más allá del reclamo de discutir la futura norma sobre coparticipación, también habilitada por la nueva Constitución. No obstante, la disposición transitoria fijó el plazo de dos años a contar desde septiembre del 2025 para esta temática que implica cómo se reparten los recursos entre el Estado provincial y los gobiernos locales.

De la primera parte de la reunión de este jueves participaron directivos de Festram dejando una serie de sugerencias, especialmente en materia de pisos mínimos en materia laboral.Los presidentes de las tres comisiones de Diputados que analizan el texto sobre municipios: Dionisio Scarpin (Gobiernos Locales), Jimena Senn (Presupuesto y Hacienda) y Lionella Cattalini (Asuntos Constitucionales). Foto: Gentileza Cámara de Diputados.

Diputados fijó el 8 de abril para dictaminar la ley de municipios. Foto: Gentileza Cámara de Diputados.


Después de escuchar a los dirigentes gremiales, el plenario de las tres comisiones leyó el proyecto votado por el Senado y que consta de 111 artículos. Es allí, en el repaso donde se advirtieron problemas en la redacción que obligarían a introducir cambios que devolverían el texto al Senado. No obstante, a dos semanas del tratamiento, el interbloque de Unidos hablará con el bloque oficialista del Senado para acordar los cambios.

La propuesta justicialista de cambios es extensa. Se destaca el pedido de incluir un nuevo artículo sobre entidades financieras. «Las municipalidades pueden crear instituciones y entidades financieras a través del dictado de una ordenanza, cuya finalidad esencial sea la de canalizar el ahorro público y privado, con una política crediticia que promueva el crecimiento del empleo, la equidad distributiva y la calidad de vida, priorizando la asistencia a la pequeña y mediana empresa y el crédito social», expone la propuesta.

El otro artículo, en consonancia con la Festram apunta a ampliar los alcances del artículo 82 sobre empleo público municipal. La propuesta dice que «el ingreso al empleo público municipal se funda en criterios de igualdad e idoneidad. Los municipios dictan sus normas sobre organización administrativa, escalafón y estabilidad de sus agentes. La legislación provincial aplicable en la materia constituye un piso mínimo e indisponible de derechos laborales, que puede ser ampliado por la normativa local, pero nunca reducido. Se reconoce a los trabajadores municipales como sujetos de tutela preferente en los términos previstos en el artículo 23 de la Constitución Provincial».

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